Juicios posteriores ante la violación de derechos humanos durante la época del terrorismo por parte de los comandos

Tras la culminación de la operación Chavín de Huántar, hubo algunos ciudadanos quienes exigían justicia con respecto a los terroristas abatidos, puesto que presuntamente los comandos a cargo de la operación vulneraron sus derechos humanos.

Según la acusación, los terroristas pertenecientes del MRTA Eduardo Cruz Sánchez, Víctor Peceros Pedraza y Luz Meléndez Cueva habrían llegado a ser capturados con vida dentro de la casa del embajador japonés. Sin embargo, al realizar el reporte final se testificó que todos habían sido abatidos durante combate armado, por lo cual se sospecha que fueron ejecutados de manera extrajudicial a pesar de no representar ningún tipo de peligro.

Durante casi 15 años el gobierno peruano no realizó ninguna investigación con respecto a dicha acusación, por lo cual los familiares de las presuntas víctimas acudieron a la Corte Internacional de Derechos Humanos para exigir justicia, llegando a denunciar al Estado Peruano por dicha negligencia.

El fallo le atribuyó al Estado que se vulnera el derecho a la vida de las tres personas, el derecho a las garantías judiciales y protección judicial respecto de los familiares de las víctimas y el derecho a la integridad personal a favor del hermano de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez debido a los intentos de conseguir un juicio penal idóneo. Cabe resaltar que dicho fallo no condena a ninguno de los comandos, puesto que la Corte Internacional de Derechos Humanos considera que en el contexto de conflicto armado que ocurrió en el Perú, especialmente durante la toma de rehenes, conllevaba a que la participación militar fuese necesaria. Además, según los testimonios brindados por los comandos, dicha operación no tenía como fin abatir a los integrantes del MRTA, sino únicamente rescatar a los rehenes. 

La sentencia en sí misma tenía el fin de ordenar al Estado Peruano que realice los procesos judiciales correspondientes para poder obtener la verdad detrás de dichos sucesos. Existen personas quienes consideran que el simple hecho de tener que realizarse juicios en contra de quienes son considerados héroes por la población es denigrante, puesto que fueron parte de una operación de alta importancia para la finalización de la era del terror que se vivió en todo el territorio nacional. Sin embargo, a pesar de haber cometido múltiples crímenes, lo adecuado hubiese sido que fuesen juzgados los terroristas y cumplan una pena impuesta por el poder judicial. No se les puede privar de los derechos humanos fundamentales a pesar de haber provocado tanto daño y haber derramado tanta sangre.

Lo que se infiere luego de recapitular todos los testimonio de los comandos quienes ejecutaron la operación y del diplomático japonés fue que el ex asesor del presidente Alberto Fujimori, Vladimiro Montesinos, junto a la tropa especial que él tenía a su cargo es que realizaron las ejecuciones disparando una bala en la nuca a cada terrorista capturado tras su rendición. El entonces embajador japonés Hidetaka Hogura asegura haber visto a tres terroristas capturados vivos durante la operación. Sin embargo, cuando abandonaron el lugar sus cuerpos yacían sin vida.

En conclusión,no podemos ejercer justicia a mano propia, sino que se debe de pasar por un proceso judicial y bajo ninguna circunstancia se debe de vulnerar los derechos humanos de otras personas a pesar de que  sean criminales quienes han cometido múltiples crímenes por más atroces que sean.

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